| Disposición
Nº 10/2005 BUENOS AIRES,
VISTO el Decreto N° 624 de fecha 22 de agosto
de 2003, la Resolución SGP Nº 41 de
fecha 2 de diciembre de 2001, la Resolución
JGM Nº 57 de fecha 15 de febrero de 2002
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Resolución
SGP Nº 27 de fecha 30 de abril de 2002 de
la SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Disposición
ONTI Nº 7 de fecha 4 de agosto de 2005 de
la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN
de la SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1º de la Disposición
Nº 7 de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS
DE INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS se establecieron para
la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, los Estándares
Tecnológicos “ETAP” –
Versión Invierno 2005 (V 12.0), en materia
de informática y comunicaciones asociadas,
detallados en su Anexo I, los cuales reemplazaban
a los establecidos por Disposición ONTI
Nº 8/04 de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS
DE INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la SECRETARIA
DE COORDINACION PARA LA MODERNIZACIÓN DEL
ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que dichos Estándares deben ser objeto
de revisión periódica, de modo de
garantizar que sus contenidos reflejen los últimos
adelantos en la materia.
Que conforme a la normativa de aplicación,
en particular el Decreto Nro. 624/03 compete a
esta Subsecretaría dictar las normas reglamentarias
en este punto, de modo de mantener permanentemente
actualizada la información en cuanto a
la tecnología disponible |