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NORMATIVA
Disposición Nº 10/2005
BUENOS AIRES,
VISTO el Decreto N° 624 de fecha 22 de agosto de 2003, la Resolución
SGP Nº 41 de fecha 2 de diciembre de 2001, la Resolución
JGM Nº 57 de fecha 15 de febrero de 2002 de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, la Resolución SGP Nº 27 de fecha
30 de abril de 2002 de la SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Disposición
ONTI Nº 7 de fecha 4 de agosto de 2005 de la OFICINA NACIONAL
DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1º de la Disposición Nº
7 de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN
de la SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se establecieron para la Administración
Pública Nacional, centralizada y descentralizada, los Estándares
Tecnológicos “ETAP” – Versión Invierno
2005 (V 12.0), en materia de informática y comunicaciones
asociadas, detallados en su Anexo I, los cuales reemplazaban a los
establecidos por Disposición ONTI Nº 8/04 de la OFICINA
NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la SECRETARIA DE COORDINACION
PARA LA MODERNIZACIÓN DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Que dichos Estándares deben ser objeto de revisión
periódica, de modo de garantizar que sus contenidos reflejen
los últimos adelantos en la materia.
Que conforme a la normativa de aplicación,
en particular el Decreto Nro. 624/03 compete a esta Subsecretaría
dictar las normas reglamentarias en este punto, de modo de mantener
permanentemente actualizada la información en cuanto a la tecnología
disponible
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